miércoles, octubre 24, 2007

¿Qué es "Elevator Pitch"?

El "Elevator Pitch" o "Elevator Speech" es una técnica de discurso que resume la idea de negocio que conlleva al desarrollo de un producto, servicio o proyecto. Se llama así porque la idea es lograr entregar la información suficiente de un negocio en el tiempo en que dura subir un ascensor al último piso. Claro, no estamos hablando de un edificio de 10 pisos, obvio, es una comparación.

El término se usa generalmente dentro del contexto de las habilidades que deben desarrollar los emprendedores para poder incentivar a un potencial inversionista en muy pocos minutos. De forma rápida, concreta y certera, los emprendedores deben ser capaces de seducir con su breve discurso a aquellos quienes desee los apoye.

En mi vida, he visto muchos Elevators Pitch, sobre todo en los Foros de Inversionistas Ángeles. Pero encontré un video que me pareció muy atingente, es una especie de guía para encontrar los elementos críticos para que ustedes desarrollen el suyo.

Si alguien desea grabar el suyo, subirlo a YouTube y enviármelo, encantado le daré algunas sugerencias.

Saludos


Eduardo Reyes



viernes, octubre 19, 2007

Plan de Negocios, que rompe esquemas...


Cuando hablo acerca de Planes de Negocios, siempre intento no dar recetas, sino sugerencias de qué tomar en consideración y qué no. Pero debo ser muy honesto, existe un ejemplo que siempre rompe mis esquemas y mis argumentos, como aquellos ejemplos notables de planes que no calzan en lo absoluto de lo que predico.

Uno de ellos es el caso de Intel, cuyos fundadores en el año 1968 lograron poner en marcha su negocio a través del levantamiento del capital necesario de un inversionista con tan sólo un plan de 3 párrafos. El mismo que muestro al costado derecho.

¿Cual es el secreto? Los emprendedores eran tan conocidos y respetables en su ámbito que realmente no necesitaban convencer mucho. Sus credenciales hicieron que su comunidad de negocios los apoyaran.

Lo encuentro, notable.


Saludos


Eduardo

Plan de Negocios


Artículo publicado en E-Class con mi partición. Espero les guste....

Un Plan de Negocios no es un mero documento con el resultado de una serie de estudios como la evaluación de la factibilidad de una iniciativa, sus componentes técnicos, organizacionales, factores legales, medioambientales, etc. Hay que tener claro que un Plan de Negocios es el fin último por el cual se deben realizar todas estas actividades para plasmar un negocio.

Pero en la práctica, ¿qué es un Plan de Negocios? Es la forma tangible en que se muestra la materialización del cuándo, cómo, cuánto y qué de un negocio. Es un documento que en forma ordenada, estructurada y sistemática detalla los aspectos comerciales, operacionales y financieros de una iniciativa empresarial en funcionamiento o por funcionar. Podríamos decir que es como el mapa para un viajero.

Este “mapa” necesariamente debe tener un foco o un objetivo a cumplir. Dicho objetivo determina en gran medida incluso la forma en que éste debe estructurarse, porque un mismo negocio puede tener más de una forma de presentarlo. Por ejemplo, cierto negocio puede tener un único Plan, pero con un enfoque que: motive a un potencial inversionista para financiar la iniciativa; ayude al gerente a clarificar y focalizar un determinado negocio; oriente a un emprendedor en su aventura empresarial; o provea de una estructura lógica que pueda ayudar a crear y diseñar las rutas que generen futuras estrategias para una empresa actualmente en operación.

Una vez definido el objetivo y antes de lanzarse a redactar, es necesario pensar en quién lo leerá. Y es que todos percibimos e interpretamos las cosas de distinta manera y, por ende, es necesario focalizarlo. Muchos profesionales o emprendedores generan un único plan de negocios y, sin mayor cuidado o preocupación, no lo orientan de acuerdo a la persona que lo tendrá en sus manos. Si nadie va a una entrevista de trabajo con pantalones cortos, el plan de negocios también debe ser vestido para la ocasión que corresponda.

En muchos casos se comienza con un esbozo o esqueleto de lo que se quiere y es muy bueno hacerlo, pero con la debida flexibilidad. Recuerde que al igual que los negocios, los Planes de Negocios se modifican en el tiempo, es decir, carecen de linealidad. Por ende, debe contemplar que en más de una ocasión se verá obligado a modificarlo sustancialmente, pues también se desarrollan en un entorno cambiante. Como todas las cosas, tienen una determinada vida útil. Incluso hay quienes señalan –quizás exageradamente- que los planes de negocios quedan obsoletos desde el momento en que son impresos.

Ni telegrama ni testamento

En términos generales, existen básicamente tres tipos de Planes de Negocios:

o Resumido: (menos de 20 páginas) corresponde a empresas jóvenes o Star Ups, solicitudes de crédito, etc. Algunos dicen que cuanto más breve, más rentable.

o Standard: (de 20 a 40 páginas) generalmente está destinado a buscar fondos para ampliar proyectos o líneas ya en curso. Es ortodoxo y debe ser evaluado por similares. También es el que se presenta a otras empresas en fusiones, Joint Ventures, etc.

o Estratégico: también se les llama manuales y generalmente presentan sistemas protocolizados a largo lazo que se utilizan en el control de los niveles gerenciales.


Hay que notar que los Planes de Negocios no necesariamente deben ser concebidos como extensos documentos llenos de información. Deben ser lo más sucintos, concretos y seductores dentro de lo que sea posible. Para ello hay que ponerse a pensar –nuevamente– en quién lo leerá. Por ejemplo, cuando la contraparte sea un inversionista o un gerente, usualmente no disponen de mucho tiempo, por lo tanto un documento extremadamente largo le será aburrido y hasta se puede correr el riesgo de que no lo lea completo. Ahora bien, cuando son muy breves y resumidos, también puede que no se entregue toda la información necesaria y no quede del todo clara la oportunidad de negocio, perdiendo su atractivo. Por eso es necesario mantener un adecuado equilibrio.

Si bien es cierto que redactarlo implica invertir tiempo y que ello puede representar un costo, hacer un buen plan de negocios, bien redactado, estructurado y seductor, le evitará problemas en el futuro. Será un instrumento que le permitirá lograr objetivos en forma más clara e incluso evitará costos y contratiempos.

Por último, recuerde que el papel aguanta mucho. Podrá elaborar quizás el mejor plan de negocios en su versión Word, pero aún así, este documento nace con quien está detrás de su elaboración, vive dentro de su autor y esto es lo más importante para llevar a cabo un buen negocio.

El decálogo de un Plan de Negocios

Existen muchas estructuras de Planes de Negocios, casi tantas como quienes los producen. Sin embargo, hay ciertos denominadores comunes. Habitualmente se incluyen a lo menos los siguientes puntos:

  1. Resumen Ejecutivo
  2. Oportunidad y Tamaño de Mercado
  3. Productos y Servicios
  4. Competencia y Entorno
  5. Equipo Ejecutor
  6. Evaluación Económica y Financiera
  7. Estrategia de Salida
  8. Factores de Riesgo y Costo de Salida
  9. Financiamiento y Expectativas de Retorno de la Inversión
  10. Propuesta de Inversión



Espero que les sirva

Saludos


Eduardo Reyes Bade
eduardo@emprenet.cl

PD: Si desean un Formato de Plan de Negocios, escríbanme y con gusto se los enviaré.

Tipos de Sociedades III

Este tipo de sociedad es una de las que más preguntan en el Post de Tipos de Sociedades.

SOCIEDAD ANÓNIMA


Es una persona jurídica conformada por accionistas que reúnen un capital común. Cada socio accionista responde hasta el monto de dinero que aportó, lo que implica que la responsabilidad es limitada.

Las sociedades anónimas son administradas por un directorio que debe tener como mínimo tres miembros, que a su vez deben elegir un gerente y un presidente.
Se caracterizan además porque las decisiones se toman por mayoría, es decir a través de la votación de todos los socios que la conforman.

El artículo 2 de la Ley 18.046 distingue dos clases de sociedades anónimas, las abiertas y las cerradas, esta distinción se repite en el artículo 1 del Reglamento de Sociedades Anónimas:

  • Abiertas: corresponden a aquéllas donde se hace oferta pública de sus acciones y transan en la Bolsa. Deben inscribirse en el Registro Nacional de Valores y están sometidas a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros.
    Deben tener 500 o más accionistas (el número de socios es ilimitado), lo cuales tienen una responsabilidad limitada al monto de sus acciones.
  • Cerradas: En este caso la responsabilidad de los socios también es limitada, pero no están reguladas por la Superintendencia de Valores y Seguros.

Otros elementos que deben considerarse:

  • La Sociedad Anónima es siempre comercial, así lo dispone al inciso segundo del art. 1° de la Ley 18.046 "La sociedad anónima es siempre mercantil, aún cuando se forme para la realización de negocios de carácter civil"
  • Es una sociedad de "Capital": Esta sociedad está enmarcada dentro de las sociedades o asociaciones de "capitales", de esta manera, prima el elemento económico sobre el elemento humano. Aquí el vínculo societario no está fundado en la affectio societatis, ni siquiera en las razones de interés personal que pueden llevar a una persona a asociarse a otra.
  • Es la posesión de acciones la que determina el vínculo, otorga derechos patrimoniales (al dividendo y al resultado de la liquidación final) y políticos (derecho de votar, de elegir y ser elegido, de participar en las juntas, de formar la voluntad social, de impugnar esos acuerdos, de integrar los diversos órganos societarios, etc.). Inclusive en la anónima moderna y en las grandes corporaciones esa participación política no se da, ya que los accionistas no intervienen mayormente, y se limitan a otorgar poder a los grupos administradores para que los representen en las juntas; y la integración de los órganos sociales de administración y fiscalización está en manos de técnicos, que no son titulares de acciones; existiendo ya una total separación entre los "dueños" del capital social y quienes gobiernan la sociedad.
  • Limitación de la responsabilidad de los accionistas al monto de sus aportes; Sus obligaciones sociales se limitan exclusivamente a la integración del capital suscrito y la derivada de esa integración (evicción de bienes aportados, perjuicios por mora, etc.).

Espero que les ayude...



Saludos



Eduardo Reyes Bade

eduardo@emprenet.cl


Nota: el documento es un extracto de varios artículos recogidos en Internet, incluyendo www.emol.com y www.universia.cl

Tipos de Sociedades II

Continuando con la profundización de mi antiguo Post de Tipos de Sociedades, les dejo la siguiente descripción de otro tipo de sociedades existentes.

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Son sociedades de personas en que los socios responden hasta el monto de sus aportes. La sociedad de responsabilidad limitada sea civil o comercial es siempre solemne, debe constar en escritura pública, cuyo extracto debe inscribirse en el Registro de Comercio y publicarse en el Diario Oficial.

Destacando lo anterior, es una sociedad que se caracteriza porque los socios responden limitadamente por el monto de capital que aportan. Puede tener entre 2 y 50 socios, y en el caso de superar este máximo, pasa a convertirse en una sociedad colectiva con responsabilidad ilimitada.

Teóricamente y a diferencia de la sociedad anónima, este tipo de sociedad es administrada por todos los socios de común acuerdo, lo que implica que todas las decisiones deben ser tomadas por unanimidad.

Sin embargo, lo normal es que los socios designen a una persona para que administre la sociedad, que puede ser uno de los socios o un tercero, que será quien tome las decisiones.

Fue autorizada por la Ley 3.918 de fecha 14 de marzo de 1923, la cual en su artículo primero señala "Se autoriza la creación de sociedades de responsabilidad limitada de los socios, distintas de las sociedades anónimas y comandita". Pese a tener una ley especial que consagra este tipo de sociedades, el mismo art. 4 de la Ley 3.918 nos reenvía a las normas de la sociedad colectiva comercial consagradas en los artículos 349 y siguientes del Código de Comercio y al artículo 2.014 del Código Civil.

Otros elementos que deben considerarse:

  • Son sociedades de personas (naturales o jurídicas).
  • Son sociedades solemnes ya que se constituyen por escritura pública, la que debe ser inscrita en el Registro de Comercio y publicada por una sola vez en el Diario Oficial.
  • Limitan la responsabilidad de los socios.
  • Necesidad de acuerdo de la unanimidad de los socios para realizar cualquier cambio en los estatutos sociales y para ceder derechos o cuotas de la sociedad.
  • Pueden ser sociedades civiles o comerciales.
  • El artículo 2 inciso 2° prohibe que este tipo de sociedades se dediquen al giro bancario y que tengan más de 50 socios.

Espero que les ayude...



Saludos



Eduardo Reyes Bade

eduardo@emprenet.cl

Nota: el documento es un extracto de varios artículos recogidos en Internet, incluyendo www.emol.com y www.universia.cl

Tipos de Sociedades I

Mucha gente ha visitado mi antiguo Post de Tipos de Sociedades, así que preparé algo más sobre cada una de las que existen, por lo menos en Chile.

EMPRESAS INDIVIDUALES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Las empresas individuales de responsabilidad limitada fueron creadas por la ley 19.857, publicada en el Diario Oficial, con fecha 11 de febrero de 2003. La ley permitió a las personas naturales crear estas personas jurídicas con patrimonio propio distinto al de su titular, sin requerir la participación de un tercero. Fueron creadas particularmente porque las figuras legales tradicionales requerían para su formación la participación de a lo menos 2 socios, mientras que este tipo de entes jurídicos, con una sola persona es suficiente.

Hay ciertas consideraciones importantes de tener en cuenta cuando se forma una EIRL.

El primero de ello es que separa el patrimonio personal del de la empresa. De este modo y en caso de que la empresa no funcione, ésta sólo será responsable hasta el monto de lo aportado por el constituyente. Sin perjuicio de ello, existen algunas excepciones que es recomendable analizar con su abogado.

En segundo lugar, la administración de la empresa corresponderá al titular de ella –el que la fundó, quien la representa judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social, con todas las facultades de administración y disposición. Por lo tanto, es responsable socialmente y legalmente ante cualquier tipo de evento civil o penal.

En tercer lugar, el nombre de la empresa debe incluir el nombre del constituyente o un nombre de fantasía haciendo una referencia al objeto de la empresa más la expresión "empresa individual de responsabilidad limitada" o "E.I.R.L." El objeto de la empresa debe señalar el giro de la misma y el ramo o rubro específico en que dentro de ella se desempeñará. Como podrá deducirse, no tiene las mismas atribuciones que las anónimas, pues en este caso se hace exigible la identificación de quien crea la empresa.

Por último, la EIRL es siempre comercial cualesquiera que sea su objeto, pudiendo realizar toda clase de operaciones civiles y comerciales excepto las reservadas por ley a las sociedades anónimas. Se rigen por las disposiciones del Código de Comercio y Ley sobre empresas de responsabilidad limitada. En materia tributaria se les aplica las normas del artículo 20 de la Ley de Impuesto a la Renta.

Otros elementos que deben considerarse:

v Se autoriza a las personas naturales para constituir empresas individuales con responsabilidad limitada.

v Estas empresas deberán constituirse por escritura pública, cuyo extracto se inscribe en el registro de comercio y se publica en el Diario Oficial, (formalidades idénticas a las que la ley contempla para las sociedades de responsabilidad limitada y anónimas);

v El propietario de la empresa individual responde con su patrimonio, sólo de los aportes efectuados a la empresa. La empresa, por su parte, responde por las obligaciones generadas en el ejercicio de su actividad, con todos sus bienes.

v La administración de la empresa corresponde a su propietario, sin embargo este puede dar poderes generales o especiales para ello, a un gerente o mandatarios.

v A su vez, se establecen los mecanismos para que, en caso de fallecimiento del titular, sus herederos puedan continuar con la empresa;

v Se establece la posibilidad que una empresa individual se transforme en sociedad o que, una sociedad pueda transformarse en empresa individual, cuando su capital se reúne en manos de una sola persona.



Espero que les ayude...



Saludos



Eduardo Reyes Bade

eduardo@emprenet.cl


Nota: el documento es un extracto de varios artículos recogidos en Internet.

martes, octubre 16, 2007

Emprendedores Loogic.com

Encontré este artículo que lista casi 100 blogs de emprendedores, donde explican como llegaron a hacer de sus ideas algo que prosperará.

Se los recomiendo, pues es una buena alternativa para aquellos que recién comienzan y que pueden utilizar esta herramienta (el blog) para promover su iniciativa

Emprendedores Loogic.com

Saludos


Eduardo

miércoles, octubre 03, 2007

El arte de crear redes, tercera parte

Estimados amigos, encontrçe en un blog de Claudio Bravo que explica en forma muy didáctica el concepto de las redes sociales. Se los dejo para que lo revisen, sorry, está en inglés.

Saludos

Eduardo

eduardo@emprenet.cl

Emprendedor 2.0


Mucho se habla de la web 2.0, una especie de revolución como concepción de lo que serán los websites del futuro. ¿pero qué pasa con los emprendedores? ¿Serán también 2.0?

¿Qué debería tener un emprendedor 2.0?
  1. El general el espacio físico donde trabaja, prácticamente se reduce a una pequeña oficina, pues básicamente concentra sus operaciones en forma virtual, o en su defecto, es él quien va a la oficina de sus clientes, aliados, proveedores.
  2. Sus clientes están dispersos, la concentración de los mismos es baja, están muy atomizados. Por ello requiere estar permanentemente conectado vía Internet, su notebook y su Blackberry son sus inseparables amigos.
  3. Para mantenerse conectado e informado con el resto del equipo emprendedor, dispone de una website con RSS, donde permanentemente está subiendo sus avances, logros y porque no, sus fallos. De esta forma y con una simple aplicación como Bloglines, sus partners están siempre enterados de lo que ocurre.
  4. Asi mismo, tiene un blog, donde destaca los avances comerciales, tecnológicos, los desafíos que ha debido afrontar en su blog. Lleva una bitácora de los acciones emprendidas como una biblioteca de eventos que le permite incrementar su aprendizaje del proceso.
  5. Siempre dispone de una aplicación web que administra y gestiona sus proyectos, como el caso de Basecamp. Existe una versión básica y gratuita.
  6. Usa Firefox como navegador, porque dispone de una batería de aplicaciones gratuitas y muy útiles. Además, hace "marcas" en todas las web interesantes, logrando librerías completas de web que son de utilidad para su trabajo.
  7. Para ser más didáctico el trabajo con sus colegas, dispone de una webcam para hacer podcast. De esta forma, personaliza y enfatiza las ideas que desean transmitir.
  8. Hace uso intensivo de LinkedIn. Una herramienta que ya comentaba antes y que sirve para crear redes.
  9. Por supuesto es usuario de Skype y Messenger. El primero más concentrado para comunicarse con sus clientes y el segundo, con sus partners.
  10. Y por último e infaltable, usuario empedernido de Google, donde cada vez que se reune con alguien lo googlea en forma previa.
Como verán estos 10 tips ya muchos los tienen internalizados. Pienso que el general los emprenedores logran cerca de un 50% de ellos, asi que ánimo, sólo les quedan 5 más por explorar.

Saludos


Eduardo Reyes
eduardo@emprenet.cl

PD: este artículo está basado en una presentación de Entreprise2.0